Fuerza de Despliegue Rápido Conjunta ¿Es factible y que misiones tendría?

 

Por el Dr Jorge Alejandro Suárez Saponaro

Abogado – Mg en Defensa Nacional. Escritor

 


Los antecedentes de la Fuerza de Despliegue Rápido.



El Ejército Argentino – en adelante el EA – en los años 90 comenzó con los estudios atinentes a crear una Fuerza de Despliegue Rápido, que ha ido evolucionando, en materia de organización y doctrina, pero siempre dentro de la órbita del EA.  La Orden del Jefe del Ejército definió a la FDR un agrupamiento de organizaciones equipadas con medios de distinta naturaleza y diferentes conceptos de empleo, bajo un comando único, en condiciones de proyectar con escaso tiempo de preaviso, dentro y fuera del territorio nacional, como un esfuerzo operacional conjunto, fuerzas con relativa autonomía y potencia de combate, para ejecutar operaciones tácticas de variada naturaleza y magnitud, en el nivel estratégico o táctico, a fin de contribuir a la solución de la crisis, facilitar la concentración o la obtención del Objetivo Estratégico Operacional/Militar

 

Las FDR son utilizadas como fuerzas de intervención, dentro del territorio nacional o como parte de la organización internacional (por ejemplo, la OTAN en el caso de unidades similares de países centrales). Estas fuerzas con elevado nivel de alistamiento, están preparadas para entrar en combate inmediatamente a su llegada a la zona de conflicto.  Estos conceptos fueron trasladados a la FDR argentina.

 

La Fuerza de Despliegue Rápido permitirá operar en la profundidad del teatro de operaciones, aprovechando su flexibilidad, versatilidad y rapidez, incidiendo en el ciclo de toma de decisiones del enemigo. Podrá ocupar rápidamente posiciones relativas favorables contribuyendo a la propia libertad de acción.  Los conceptos doctrinarios establecieron que entre las principales características de la FDR, son la rapidez, movilidad táctica y estratégica, que quedará reflejado en la flexibilidad, interoperabilidad y sustentabilidad.

 

En el caso argentino, la misión de la FDR es la ejecución de operaciones tácticas (defensivas – ofensivas) y magnitud con escaso tiempo de preaviso, estando en capacidad de sostenerlos por un determinados lapso de tiempo (una semana aproximadamente), dentro o fuera del territorio nacional, para desgastar y/o destruir las fuerzas del enemigo, conquistar y mantener los objetivos necesarios en el nivel EO o EM, por cortos períodos de tiempo a fin de contribuir a la solución de la crisis, facilitar la concentración o la obtención del Objetivo Estratégico Operacional/Militar. Cabe destacar que este tipo de fuerzas está pensada para actuar en cualquier entorno geográfico, organizada bajo un concepto modular lo que le da un elevado nivel de versatilidad y flexibilidad.

 

Resoluciones ministeriales integraron en la FDR la Brigada Paracaidista, el Regimiento de Asalto Aéreo, compañías de comandos, escuadrón de exploración ligero, escalones logísticos, elementos de comunicaciones e inteligencia., además de unidades de aviación de ejército.

 

Este conjunto de unidades, que gracias al adiestramiento y varios años de actividades, ha permitido generar una experiencia que sin ninguna duda podrá servir de base para una entidad de carácter conjunto.

 

 Las FDR en otros países.

 

La idea de una FDR conjunta nació en 1979 en los Estados Unidos al presentarse la necesidad de contar con fuerzas de contingencias que pudiera ser rápidamente desplegada en apoyo a los intereses nacionales.  Esta experiencia contribuyó a mejorar la cooperación entre el Ejército y la Fuerza Aérea. La experiencia daría paso a la creación del Comando Central, que tras diversas reformas, es responsable del Oriente Medio y Asia Central, conservando unidades con elevado nivel de alistamiento, consecuencia de la experiencia de la FDR.  En la experiencia del desarrollo de la FDR conjunta, hubo reticencias del Cuerpo de Marines y la Armada, por considerarse, en el caso del primero el cuerpo por excelencia para proyección en el exterior, esto impidió la integración de dichas fuerzas, que se consideraban las más capacitadas para proyección de fuerzas a distancia. No obstante los tradicionales conflictos interfuerzas, Estados Unidos logró articular fuerzas para contingencias altamente preparadas en los distintos teatros de operaciones, destacándose por ejemplo la célebre División 82 Aerotransportada y recientemente las unidades de adiestramiento especial, ahora agrupados en el USSOCOM, que cuentan con elementos capaces de ser desplegados en 24 horas.

 

La experiencia de determinados países líderes, pone en evidencia la existencia de comandos conjuntos, con sus elementos de comando y control, que permiten los enlaces con los elementos que le puedan ser asignados en una emergencia.  Estos comandos en tiempos de paz, planifican escenarios posibles, exigencias de adiestramiento de las unidades que podrían depender en caso de crisis. Asimismo estos comandos conducen ejercitaciones, para garantizar un elevado nivel de alistamiento  Dichos órganos de conducción tienen un comandante designado, su correspondiente estado mayor y un pequeño elemento de comunicaciones conjuntas que aseguren los enlaces, las ligazones, con los elementos provenientes del sistema nacional que eventualmente puedan serles asignados ante una situación determinada, según sea conveniente. La OTAN cuenta con Cuarteles Generales altamente capacitados y con un número variable de unidades a disposición para gestión de crisis. Solo el adiestramiento y experiencia han permitido contar con elementos de alta calidad, para dar rápidas respuestas a distintas crisis globales.

 

En los casos de los países que cuentan con este tipo de fuerzas, generalmente están constituidas por fuerzas paracaidistas – por su movilidad estratégica – y tropas helitransportadas, caracterizadas por su elevada movilidad táctica. Además se agregan generalmente fuerzas especiales.  En los países que cuentan con una estructura conjunta, con recursos menores que los Estados Unidos, como es el caso del Reino Unido, encontramos un buen ejemplo de integración de componentes de distintas fuerzas en una estructura conjunta. El ejército aporta paracaidistas, la Armada, su célebre brigada de infantería de marina, y la fuerza aérea helicópteros y aviones de transporte. Eventualmente también fuerzas especiales como el famoso regimiento SAS.

 

Francia es otro país que cuenta con una Fuerza de Acción Rápida, formada por unidades de infantería ligera, montaña, motorizadas y paracaidistas. Los paracaidistas cuentan con una unidad táctica que está alerta todo el año, lo que permite su rápido despliegue a teatros de operaciones ubicados a miles de km de territorio francés. Las distintas unidades son movilizadas por el mando de la FAR acorde al ámbito de actuación. Se adopta una organización modular. La FDR francesa, tiene un largo historial operativo, destacándose entre las últimas actuaciones, la intervención en Malí ante la escalada terrorista.  El gran desafío planteado en estas fuerzas, ha sido la carencia de medios adecuados para el transporte estratégico.   

 

Los ejemplos siguen, en el ámbito regional, Colombia es un país que desarrolló fuerzas de despliegue rápido para hacer frente a su conflicto interno. Dichas fuerzas son elementos de infantería ligera transportados por helicópteros o aviones, caracterizadas por su elevada preparación, equipamiento y nivel de alistamiento.

 

Las bases para la FDR Conjunta Argentina

 

Las características y misiones de la FDR, demandan que sus bases deben estar ubicadas en determinados puntos de la geografía nacional, destacándose la presencia de:

  • terminales aéreas, marítimas, ferroviarias adecuadas al despliegue de este tipo de unidades;
  •  infraestructura carretera que le permitan movilizarse con toda rapidez en cualquiera de las direcciones de probable empleo;
  • Bases logísticas que garanticen un adecuado sostén;

 

Estas características la brindan la región comprendida entre las ciudades de Córdoba, Santa Fe, Rosario, Buenos Aires, Mar del Plata y Bahía Blanca, espacio, que muchos geopolíticos que definen como la “Zona Central” por los recursos existentes, su relevancia económica y política.

 

La FDR conjunta deberá contar con una organización modular, que siguiendo la experiencia adquirida por el EA, dándole versatilidad y flexibilidad. La FDR contaría con un comando conjunto, reducido en personal, con gran capacidad en materia de planeamiento y expansible en caso de crisis, para la conducción adecuada de las fuerzas asignadas.

 

En distintos trabajos académicos por parte de oficiales cursantes de la Escuela de Guerra Conjunta de las FFAA como la Escuela Superior de Guerra del Ejército, señalan que una de las condiciones más importantes a tener en cuenta en el empleo de la FDR, es su característica ofensiva. Su concepto permite que este tipo de elemento, alistarse y proyectar poder de combate en cortos períodos de tiempo de preaviso, dar respuestas proporcionales ante amenazas de variada naturaleza, actuar en la profundidad del teatro de operaciones, desplegar, concentrar y redesplegar fuerzas en lugares decisivos, con poco tiempo de preaviso, desde diferentes direcciones.

 

 

La FDR buscará penetrar en las líneas menos esperadas en la profundidad del territorio, concentrando su poder en aquellos puntos que sean considerados decisivos, en donde el enemigo obtiene su libertad de acción, fortaleza física y voluntad de lucha, contribuyendo sustancialmente a obtener una marcada ventaja sobre este. Buscando la dispersión propia sin atomizar la fuerza y concentrando el poder de combate relativo superior al enemigo sin crear grandes blancos (ROD 80-01,2005:9-12).

 

La FDR deberá estar en capacidad de ejecutar maniobras donde cobran especial importancia la velocidad, profundidad y sorpresa, donde el éxito radicará en identificar claramente los puntos vulnerables del enemigo. Es por ello que tiene un rol relevante contar con adecuados medios de inteligencia táctica. Asimismo el concepto despliegue rápido implicará la capacidad de recorrer la máxima distancia en el menor corto de tiempo, ya sea empleando medios terrestres, marítimos como aéreos, con suficiente poder de combate para generar efectos relevantes en el campo de batalla.

 

Estas aptitudes/capacidades son de utilidad también para ejecutar una serie de misiones en el marco del apoyo a la seguridad interior y protección de fronteras aéreas, terrestres y marítimas, como veremos oportunamente en este artículo.

 

Estas exigencias impactan a nuestro entender en la organización/composición de la FDR

 

La composición de la FDR Conjunta

 

En una primera instancia la FDR aprovechará las estructuras/elementos existentes en las FFAA dado el clima de austeridad económica que vive el país.  En un artículo anterior publicado en este sitio, hablamos del Comando Cuartel General de Operaciones Conjuntas, comando de nivel operacional, del cual dependería la FDR conjunta, que sobre la base de la FDR del EA, se incorporarían elementos de la Fuerza Aérea Argentina y la Armada. El actual Comando de la FDR del EA, se convertirá en un organismo conjunto, del cual dependerán sendos componentes terrestre, naval, y aéreo.

 

El componente terrestre de la FDR mantendrá a grandes rasgos la estructura prevista a principios de esta década, incorporando algunas novedades:

  • Brigadas Aerotransportada IV (está incluido el regimiento de asalto aéreo), y Mecanizada X;
  • Compañías de Comandos 601/602;
  • Compañía de Fuerzas Especiales
  • Aviación del Ejército;
  • Escuadrón de Exploración de Caballería Blindado 1;
  • Destacamento de inteligencia de combate;
  • Compañía de comunicaciones;
  • Regimiento infantería Patricios, que será convertido en una unidad de asalto aéreo;
  • Grupo de Artillería nro. 1, parte de la unidad será de carácter aerotransportado.

 

Los cambios en la FDR, abarcan la incorporación del regimiento de infantería 1 Patricios, que podría ser convertido en unidad de asalto aéreo, mientras que el grupo de artillería nro. 1, se convertirá en unidad de artillería aerotransportada, para la creación de una brigada o agrupación de asalto aéreo, que estaría conformada por el citado regimiento nro 1, el regimiento de asalto aéreo existente y el grupo de artillería 1, además de unidades de apoyo y logísticas.

 

El componente naval de la FDR, estará compuestas principalmente por fuerzas de IM, pero con ciertas características:

  • Componente Naval Anfibio;
  • Componente IM, formado por una compañía reforzada, para ser desplegada en algún tpo de buque LPD. Además una compañía de IM Fluvial y un buque clase Red Cedar de la Escuadrilla de Ríos;
  • Componente Aeronaval: un numero de helicópteros Sea King embarcados en el ARA Hércules y eventual algunas otras aeronaves para misiones de patrulla, vigilancia, etc..
  • Componente Operaciones Especiales: Elementos de Comandos Anfibios;

 

El componente naval aportará el transporte rápido Hércules, con capacidad de llevar una compañía de infantería de marina, unos 150 efectivos, apoyados por una pareja de helicópteros Sea King, llegado el caso también estarán a disposición de la FDR una compañía de IM fluvial, con un buque de transporte, como elementos de comandos anfibios.

 

En lo referente al componente aéreo, estará compuesto por las siguientes unidades:

  • Un escuadrón de transporte formado por aviones C130;
  • Escuadrón de helicópteros: sugerimos el empleo del Mi17 junto a los Bell;
  • Grupo de operaciones especiales;
  • Unidad aérea formada por aviones IA63 y IA58 para misiones de reconocimiento, apoyo cercano e interceptación;
  • Elemento móvil del grupo de vigilancia y control del espacio aéreo;
  • Escuadrón de defensa antiaérea;
  • Equipo/s de control aéreo avanzado;
  • Elemento de comunicaciones;

 

El estado de la FAA sin ninguna impone serias limitaciones, para el despliegue de fuerzas de magnitud, pero consideramos factible que podrá conformarse un núcleo de aeronaves que permita el despliegue de unidades tácticas en plazos cortos de tiempo.  Esto será un serio desafío a los responsables del planeamiento. En la estructura propuesta para la FDR proponemos el empleo de aviones IA -63 Pampa e IA-58 Pucará, en atención a la orientación que pretende darse al empleo de esta Fuerza.

 

Las limitaciones materiales, no deberían ser obstáculo, para el desarrollo de procedimientos, doctrina, que por medio de ejercitaciones y despliegues a lo ancho de la geografía nacional, permitirá a las unidades de la FDR convertirse en fuerzas polivalentes, además por su organización modular, permite adaptarse a distintos escenarios.

 

La FDR en apoyo a la seguridad interior

 

El actual gobierno ha planteado la idea de emplear a las FFAA en la lucha contra “el terrorismo y el narcotráfico”. Sin entrar en debates, sobre el rol de las FFAA, la ausencia de una Directiva Estratégica Nacional, avanzaremos sobre esta propuesta o idea que tiene la gestión ministerial de emplear una FDR en apoyo a la seguridad interior, apoyando las FFSS.

 

La ley 24059 establece una serie de previsiones sobre el empleo de las FFAA en apoyo a la seguridad interior. Destacamos las siguientes partes de la norma:

ARTÍCULO 26.- El Consejo de Seguridad Interior establecerá los contactos necesarios con el resto de los organismos nacionales y provinciales cuyos medios se prevea emplear en las operaciones de seguridad interior o situación de desastre según las normas que reglan la defensa civil, a fin de coordinar su asignación en forma y oportunidad.

 

El artículo hace referencia a la implementación de un mecanismo de coordinación, entre las distintas agencias nacionales y provinciales. Este marco habilitaría a establecer mecanismos para el aprovechamiento de las capacidades existentes en el área de Defensa Nacional para hacer frente a diversas situaciones de emergencia.

 

ARTÍCULO 27.- En particular el Ministerio de Defensa dispondrá en caso de requerimiento del Comité de Crisis que las Fuerzas Armadas apoyen las operaciones de seguridad interior mediante la afectación a solicitud del mismo, de sus servicios de arsenales, intendencia, sanidad, veterinaria, construcciones y transporte, así como de elementos de ingenieros y comunicaciones, para lo cual se contará en forma permanente con un representante del Estado Mayor Conjunto y Control de la Subsecretaría de Seguridad Interior

 

Hemos observado que se han movilizado recursos militares, sin cumplir con el mecanismo previsto en el artículo 27. Consideramos que dicho Comité debería ser constituido con los gobernadores de las provincias del NE y NO, y las provincias donde el fenómeno del grupo RAM se manifieste. En algún momento la ley deberá ser reformada para garantizar un empleo flexible de los recursos, sin engorrosos mecanismos de coordinación.

 

ARTÍCULO 31.- Sin perjuicio del apoyo establecido en el art. 27, las Fuerzas Armadas serán empleadas en el restablecimiento de la seguridad interior dentro del territorio nacional, en aquellos casos excepcionales en que el sistema de seguridad interior descrito en esta ley resulte insuficiente a criterio del Presidente de la Nación para el cumplimiento de los objetivos establecidos en el art. 2º.

 

ARTÍCULO 32.- A los efectos del artículo anterior el Presidente de la Nación, en uso de las atribuciones contenidas en el art. 86, inc. 17 de la Constitución Nacional, dispondrá el empleo de elementos de combate de las fuerzas armadas para el restablecimiento de la normal situación de seguridad interior, previa declaración del estado de sitio.

En los supuestos excepcionales precedentemente aludidos, el empleo de las Fuerzas Armadas se ajustará, además, a las siguientes normas:

a. La conducción de las Fuerzas Armadas, de Seguridad y policiales nacionales y provinciales queda a cargo del Presidente de la Nación asesorado por los comités de crisis de esta ley y la 23.554;

b. Se designará un comandante operacional de las Fuerzas Armadas y se subordinarán al mismo todas las demás Fuerzas de Seguridad y policiales exclusivamente en el ámbito territorial definido para dicho comando;

c. Tratándose la referida en el presente artículo de una forma excepcional de empleo, que será desarrollada únicamente en situaciones de extrema gravedad, la misma no incidirá en la doctrina, organización, equipamiento y capacitación de las Fuerzas Armadas, las que mantendrán las características derivadas de la aplicación de la ley 23.554.

 

Los críticos de esta norma – a la cual adherimos plenamente – ponen de relevancia los problemas para implementar las medidas de los artículos 31 y 32. Las limitaciones en materia de inteligencia como de adiestramiento impuesto por la ley de defensa nacional a las FFAA, significan un elevado nivel de improvisación y el depender de fuentes de inteligencia de organismos ajenos. El no poder realizar ejercitaciones para crisis en materia de seguridad interior, genera dudas sobre el desempeño de las FFAA en caso de ser desplegadas en casos de conmoción interior. No obstante la experiencia adquirida en misiones de mantenimiento de paz, donde las FFAA han actuado ejemplarmente en materia de seguridad y mantenimiento del orden en escenarios sumamente hostiles, es preciso adaptar esa experiencia a la realidad local, establecer procedimientos y reformar la ley. Esto no implica cambiar el rol de las FFAA y convertirlas en suerte de policías militarizados, sino establecer mecanismos y preparar personal para casos de emergencia de seguridad grave.  Mientras tanto los Ministerios de Seguridad y Defensa deberán articular grupos de trabajo conjunto y llevar a cabo programas de ejercitaciones, a fin de facilitar la integración de las FFSS bajo un comandante operacional militar en caso de crisis.

 

La ley de Seguridad Interior no cabe duda que debe ser reformada y adaptarse a la realidad actual, donde el Ministerio del Interior no tiene competencias de seguridad, pero consideramos que vía reglamentaria y con un criterio de interpretación amplio, la norma puede darnos algunas soluciones, especialmente en materia de protección de fronteras, competencia primaria de la Defensa Nacional, como indica la norma al decir que las FFSS (Gendarmería Nacional y Prefectura Naval) en su ARTÍCULO 31.- Como integrantes del sistema de defensa nacional, la Prefectura Naval Argentina y la Gendarmería Nacional, desarrollarán en sus respectivas estructuras orgánicas, los medios humanos y materiales necesarios para el debido y permanente control y vigilancia de las fronteras, aguas jurisdiccionales de la Nación y custodia de objetivos estratégicos, así como para el cumplimiento de las demás funciones emergentes de esta ley y otras disposiciones legales que se le apliquen. La Gendarmería Nacional y la Prefectura Naval Argentina dependerán orgánica y funcionalmente del Ministerio de Defensa, sin perjuicio de lo cuál, en tiempo de guerra, sus medios humanos y materiales o parte de ellos, podrán ser asignados a los respectivos comandos estratégicos operacionales y comandos territoriales, según se derive del planeamiento correspondiente.

 

El artículo 31 de la ley de defensa nacional puede ser un punto de partida para articular un Sistema de Vigilancia y Control de Fronteras, donde estén enlazados las FFSS, Aduanas, Migraciones, las FFAA, organismos de inteligencia, siendo la autoridad de aplicación el Ministerio de Defensa. Este sistema debería contar entre otras cosas:

  • Centro de comando, dotado de recursos tecnológicos punteros, para facilitar la coordinación de las fuerzas de interceptación terrestres, anfibias, y aéreas. Las infraestructuras existentes en la localidad bonaerense de Merlo, pueden servir de base para la creación del citado centro de mando. Ello ni impedirá la constitución de centros de mandos locales;
  • Subsistema de Alerta Temprana y Detección: formado por una flotilla de aeronaves militares desplegadas en hangares de alta seguridad, radares del sistema SINVICA, vehículos aéreos no tripulados. Las  aeronaves deberán contar con capacidad de alerta temprana (AEW/C), guerra electrónica, modernos sistemas de vigilancia todo tiempo, sistemas fijos con globos aerostáticos, radares móviles, etc.
  • Fuerzas de Despliegue Rápido: que aportará medios aéreos (aviones IA-63 Pampa e IA-58 Pucará), y transporte de grupos móviles de las FFSS. Las FFAA cuentan con recursos proveer la movilidad terrestre, aérea y fluvial para dichos grupos, asimismo podrán proveer a dichos elementos medios de reconocimiento, inteligencia, vigilancia;

 

La Gendarmería por ejemplo cuenta con destacamentos móviles, que debidamente adaptados podrían ser empleados para ser transportados por aire en lapsos cortos de tiempo.  Estos elementos pueden aprovechar las capacidades existentes en las FFAA en materia de transporte.  Esto lleva a reflexionar a la necesidad de concentrar recursos en las FFAA en materia de inversión de medios aéreos. Observamos con preocupación el crecimiento de cuerpos aéreos pequeños, con muchos modelos en servicio, que para el largo plazo serán insostenibles, teniendo capacidades desaprovechadas en las FFAA.

 

Es indudable que es preciso realizar cambios legales, imprescindibles para reemplazar el engorroso sistema de la ley de seguridad interior, por uno más flexible, sin que ello implique la desnaturalización de las FFAA en materia de defensa de la soberanía e integridad del país.

 

En el marco de cambios, y dado que uno de los escenarios de empleo de la FDR, será frente a las llamadas amenazas asimétricas, cobrarán especial relevancia las tropas de operaciones especiales, que por su formación, capacidades, las transforma en elementos ideales para ejecutar operaciones altamente sensibles y complejas. Es por ello que consideramos que deberá existir un marco de cooperación estrecho con las FFEE de las FFSS.

 

Final

 

La Argentina cuenta con una Fuerza de Despliegue Rápido, considerada Gran Unidad de Batalla del Ejército.  Esta estructura permitiría llevar a cabo la construcción de una FDR conjunta, que dependería del comandante operacional. Esto no implicará erogaciones sustantivas. Sino el aprovechamiento de personal, recursos y medios para articular una FDR compuesta por elementos de las tres armas.  El comando de la FDR del EA, sería convertida en un organismo conjunto, del cual dependerán un numero variables de unidades, que periódicamente llevarán a cabo ejercitaciones. La organización modular permitirá diseñar fuerzas a medida de los distintos escenarios que puedan ser empleadas.

 

La FDR será una herramienta apta para hacer frente a escenarios de crisis, como primera fuerza de respuesta militar, proporcionando tiempo suficiente para el despliegue de fuerzas de mayor magnitud. En el marco de escasez de medio, esta FDR servirá como modelo para el desarrollo de doctrina y procedimientos de empleo. La posibilidad de desplegar medios de otras FFAA, facilitará actuar en diversos escenarios, como aéreos como marítimos.  Esta experiencia puede ser de suma utilidad para hacer frente  a conflictos internos. Llegado el caso, las FFAA podrán aportar con sus medios, inteligencia táctica (a través de UAV’s, aeronaves, sensores en plataformas fijas y móviles), transporte y diversos medios de apoyo (ingenieros, comunicaciones, logística, sanidad) a unidades de despliegue rápidos de las FFSS.  A través de una rápida respuesta, la FDR podrá negar el uso de espacios fluviales, marítimos y terrestres a diversos actores que quieran vulnerar las fronteras nacionales.  

 

El empleo de las FFAA en materia de seguridad interior, tiene muchas restricciones legales, que en parte deben ser revisados, para facilitar una mayor cooperación entre las FFSS y FFAA. No obstante ello, consideramos que el empleo de unidades de combate debe ser excepcional, pero en un contexto distinto al actual, dado que es preciso reformas legales, que permitan a las FFAA ser empleados en conflictos internos, bajo amenazas de determinado grado de intensidad, que por su poder de fuego, superen a las FFSS.

 

El desarrollo de la FDR requiere, no solo adiestramiento continúo, cambios en el sistema de comando y control, sino adecuado sostén logístico. Es por ello que las unidades de la FDR estarán desplegadas en un determinado ámbito geográfico, que facilite entre otras cosas su rápido desplazamiento a distintos puntos de la geografía nacional.

 

Nuestra propuesta se centra en articular una FDR con los medios disponibles, que dadas las circunstancias tendrá limitaciones en cuanto a la magnitud del despliegue de fuerzas. Dado que la FDR será una estructura de carácter modular, permitirá que puedan integrarse unidades de adiestramiento especial de las FFSS. Aprovechando instalaciones y recursos de las FFAA, las FFSS podrán desplazarse rápidamente a distintos puntos de la geografía nacional y hacer frente a distintas emergencias/crisis. Una amplia reforma legal, unidos a la puesta en marcha de un sistema integrado de vigilancia de fronteras, que articule tanto al Sistema de Defensa Nacional con el Sistema de Seguridad Interior, permitirá optimizar recursos y medios. Las FFAA aún con las limitaciones existentes pueden apoyar el esfuerzo en materia de control de de fronteras, con medios de reconocimiento, vigilancia, transporte, comunicaciones y elementos logísticos.

 

LA FDR dependerá del Comando Operacional, que como dijimos en un articulo en este medio, deberá estar en capacidad de constituirse en un Comando de Teatro de Operaciones. (https://www.aviacionargentina.net/2018/02/19/creacion-de-un-cuartel-general-de-operaciones-conjuntas/). En otras palabras, la propuesta permitirá contar con una estructura capaz de hacer una rápida transición para actuar frente a una crisis.

 

La FDR en el marco de un programa de expansión e inversión, podrá convertirse en una herramienta de disuasión.  Es por ello que este articulo hablamos de crear una brigada de asalto aéreo, sobre la base de unidades tácticas existentes, pensar en incorporar un helicóptero de ataque (en su momento quedó frustrado la incorporación de los Bell AF 1 Cobra) y contar con helicópteros con capacidades superiores al Bell UH 1 Huey II.  En lo que respecta a la Armada sin ninguna duda es preciso un buque de asalto anfibio tipo LPD (en verdad se precisarían más de un buque LPD, para por lo menos poder desembarcar un batallón de IM con sus medios de apoyo). La Fuerza Aérea, precisa urgentemente modernizar sus medios de transporte, además de contar con un escuadrón de cazas.  Esto requerirá un esfuerzo financiero importante. .           

 

Fuentes

 

ALFONZO, Pablo Hernán. “Sistema de Fuerzas de Aviación de Ejército”. Escuela Superior de Guerra. 2012

CUSHMAN, John. Comando y Control de las Fuerzas en el Teatro de Operaciones. Instituto de Publicaciones Navales, 1995.

GARCIA VERDOUS. Patricio. EVOLUCIÓN DE LA CAPACIDAD OPERACIONAL DE UNA GUC AEROTRANSPORTADA PARA OPERAR COMO ASALTO AÉREO Y SU EMPLEO EN LOS DIFERENTES NIVELES DE LA CONDUCCIÓN”. Escuela Superior de Guerra del Ejército.  2013

SILVA, Claudio Alejandro. El Empleo de la Fuerza de Despliegue Rápido Conjunta en el nivel operacional. TALLER DE TRABAJO FINAL INTEGRADOR. Escuela de Guerra Conjunta. 2013.

Idem. La organización de la Fuerza de Despliegue Rápido del Instrumento Militar Terrestre. Escuela de Guerra del Ejército. 2012

SUAREZ SAPONARO, Jorge Alejandro: “Hacia las Fuerzas Armadas del siglo XXI” Boletín del Centro Naval nro. 817. año 2007

Idem, “La crisis de las Fuerzas Armadas Necesidad de su reconstrucción y transformación. En revista Defensa y Seguridad. Nro. 86/87 2016.

 

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